El Comité de Interpretaciones del IASB (conocido también por su sigla: IFRIC) ha emitido el dia de hoy una nueva interpretación, esta vez relacionada con la re-evaluación de los derivados implícitos.
Los derivados implícitos son aquellos derivados que se encuentran subyacentes en un contrato principal, y que de acuerdo a las instrucciones de la NIC 39, con ciertas excepciones deben ser reconocidos y medidos en forma separada del contrato principal (non-derivative host contract).
La interpretación instruye respecto de las modificaciones posteriores a la separación, indicando que se prohibe la re-evaluación de los derivados implícitos, a menos que se produzcan cambios en el contrato que representen cambios significativos en los flujos de caja asociados al mismo.
La comunicación de la interpretación puede ser revisada en: http://www.iasb.org/news/index.asp?showPageContent=no&xml=10_781_25_01032006_01032007.htm